ANIMALES EN LA CONSTITUCIÓN
¿Sabías que el artículo 98, 130 y 131 de la nueva Constitución tratan temáticas sobre animales?
La propuesta de la Constitución política de la República de Chile, instauró un artículo que reconoce a los animales como seres sintientes, por lo que son sujetos de especial protección “los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato”.D e esta forma, se busca eliminar el paradigma jurídico vigente que los señala como bienes muebles, haciéndolos titulares de derechos acorde a lo señalado en la Declaración Universal de los Derechos del Animal.
Actualmente, el libro segundo del Código Civil, establece en su artículo 567, contenido en el capítulo que norma los bienes, su dominio, posesión y goce, que los animales son considerados como muebles, lo que desconoce que estos poseen derechos.
Si bien el Código Civil clasifica a los animales como bienes muebles, en 2017 entró en vigencia la Ley 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, más conocida como Ley Cholito. Esta nació luego de conocerse un brutal caso de violencia contra Cholito, un perro callejero de Patronato que fue asesinado a golpes, generando una importante reacción desde la ciudadanía.
A raíz de esto, el proyecto de ley sobre la tenencia responsable de mascotas que dormía en el Congreso desde 2007, fue aprobado y entró en vigencia en 2017. La Ley establece que la normativa considera como base la protección de la salud y el bienestar animal, además de la protección de “la salud pública, la seguridad de las personas, el medio ambiente y las áreas naturales protegidas, aplicando medidas para el control de la población de mascotas o animales de compañía”.
No obstante la Ley Cholito, el contenido en el Código Civil no fue alterado, por lo que los animales siguen siendo considerados como bienes muebles, lo cual deberá ser modificado en caso de que la propuesta de nueva Constitución en el caso que sea aprobada en el plebiscito del 4 de septiembre
Sea cual sea tu opción Apruebo/Rechazo, recuerda votar informado, puedes descargar la constitución en el siguiente link:
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